Con relación a la información divulgada por diferentes medios de comunicación de la situación presentada con la nave de bandera nacional “Susurro”, la Dirección General Marítima se permite aclarar que:
1. La embarcación colombiana de nombre “Susurro” navegó en la ruta Cartagena – Archipiélago de San Andrés – Providencia, del 25 de abril al 3 de mayo de 2020, en labores de abastecimiento de productos de primera necesidad para el Departamento. Dado que no reportó ninguna alerta por Covid-19, la nave realizó las actividades de suministro programadas.
2. El 4 de mayo a las 6:30 p.m., el buque “Susurro” zarpó hacia Cartagena de acuerdo con la ruta de navegación prevista, sin embargo, el día 6 de mayo a las 3:30 a.m., la embarcación realizó aproximación a la Isla de San Andrés, estableciendo comunicación con la Estación de Tráfico y Vigilancia Marítima solicitando permiso para su arribo forzoso ante presuntos problemas de salud manifestado por uno de sus tripulantes; teniendo en cuenta las excepciones emanadas en la Resolución 156 del 10 de abril de 2020, referente a los casos de fuerza mayor o atención humanitaria en el desarrollo de actividades marítimas en el marco de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional por el COVID-19, se autorizó su ingreso a la zona de fondeo en la bahía interior de San Andrés en el sector “Los Almendros”.
3. A las 5:00 de la mañana, cuando la Autoridad Sanitaria se disponían a realizar la inspección inicial de arribo de la embarcación, fue informada por parte del capitán de la nave sobre la muerte de su tripulante. Ante la situación de riesgo, la Secretaria de Salud inició las acciones para realizar el levantamiento del cadáver, actividad realizada por está 18 horas después de informada del deceso del marino, luego de aclarar aspectos procedimentales con la Fiscalía Regional.
4. En el marco del Centro de Logística y Transporte creado mediante Decreto 482 de 2020, el cual tiene como función adoptar las decisiones que permitan establecer las condiciones de trasporte y tránsito de pasajeros, carga y demás actividades excepcionadas por parte del Gobierno Nacional en los diferentes Decretos de aislamiento preventivo obligatorio durante la emergencia sanitaria, la Dirección General Marítima invitó al delegado del Ministerio de Salud para revisar las orientaciones respecto al manejo, traslado y disposición final de cadáveres por SARS-CoV-2 en el territorio nacional y su aplicación a nivel local y regional.
5. La Capitanía de Puerto de San Andrés, de acuerdo con sus competencias, adelanta desde el pasado 6 de mayo de 2020 las indagaciones respectivas por el presunto incumplimiento de la normatividad marítima, así como el incumplimiento de la Resolución No.156 del 13 de abril del 2020, “Por medio de la cual se establecen medidas especiales para el ejercicio y control de las actividades marítimas en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional por el Coronavirus COVID-19”.
6. Es oportuno señalar que Dimar adelanta las labores de inspección a las embarcaciones mediante un trabajo articulado con las demás autoridades competentes, por lo que en el marco de la emergencia sanitaria que vive el país, ha sido vital el cumplimiento del rol de la Autoridad Sanitaria en el Departamento Insular, Distrito o municipio costero.
7. En coordinación con la Estación de Guardacostas de la Armada Nacional, se realiza también el monitoreo e inspecciones en la zona de fondeo, a fin de lograr el cumplimiento de la cuarenta por parte de la embarcación
8. La Dirección General Marítima a través de las Capitanías de Puerto, una vez constate las condiciones de seguridad marítima integral, termine las diligencias administrativas para comprobar si se dio cumplimiento al marco legal general con motivo de la pandemia COVID-19 y verifique la implementación de las medidas de bioseguridad aplicables por parte de dicha nave, en coordinación con la autoridad sanitaria autorizará el zarpe al puerto de Cartagena, lugar de matrícula de la nave, donde será recibida bajo estrictos protocolos que se desarrollarán en coordinación entre la Capitanía de Puerto de Cartagena y el Departamento Administrativo Distrital de Salud – DADIS.